martes, 22 de octubre de 2013

Derecho Laboral.

Derecho Laboral.  october 14 th.
2 parciales.
LOTT : Freddy Zambrano - Editorial Etenea.

Libro: Rafael J. Alfonso Guzmán  :http://www.urbe.edu/UDWLibrary/InfoBook.do?id=9164

Tema N° 1 Antecedentes:

Etimológicamente la palabra trabajo proviene del latín trabis, que singnifica traba, dificultad.
El trabajo existe desde que el hombre ocupa el mundo e incluso se habla en la biblia; específicamente en el libro del génesis del trabajo, pero como Castigo, no era una norma jurídica sino una manera de diciplinar a nuestros primeros padres por desobediencias a Dios, eso hizo que naciera el trabajo como castigo y en realidad no existía legislación sobre la actividad laboral.
Se consideraba que el trabajo; dentro de la Roma Clásica, no era para las personas sino para los animales y las cosas, dentro de las cuales se encontraban ciertas categorias de la especie humana que tenían condición de esclavo.

El derecho del trabajo no surge de la noche a la mañana, tiene un período de evolución histórica, pasando por la época antigua, edad media, edad moderna y conteporánea, llegando a América y compporando su evolución con respecto a las antiguas potencias europeaa, en donde se observó mayor evolución de las normas en América Látina que con respecto a los países europeos.
La ley del trabajo del 16 de julio acogió los lineamientos de los diferentes convenios de la OIT ratificado con mucha posteridad por Venezuela e hizo el primer reconocimiento de los  derechos de asociación y contratación colectiva y de huelga.  El 30 de noviembre en 1938 fue sancionado el reglamento de dicha ley.  Fue promulgado en 1936hasta el  31 de ciembre de 1973, fecha en que fue derogado.

Derecho del Trabajo o Derecho laboral.
Según Rafael Alfonso Gúzman, " es el conjunto de preceptos de orden público regulador de las relaciones jurídicas que tienen por causa el trabajo por cuenta y bajo la dependencia ajena con objeto de garantizara quien lo ejecuta su pleno desarrollo como persona humana y a la comunidad la efectiva integración del individuo en el cuerpo social y la regulación de los conflictos entre los sujetos de  esas relaciones. "

Elementos de la relación laboral:
  1. Prestación de servicio .
  2. Remuneración.
  3. Dependencia o subordinación.
  4. Ajeneidad (ratificado por el T.S.J.).

Contenido del derecho laboral:
Contiene los conceptos, principios y normas.

Características.
Es autónomo: porque a pesar de que forma parte del Derecho positivo, tiene sus propias normas.

Es dinámico: porque regula las relaciones jurídicas laborales,  establecida entre los dos polos de la sociedad capitalista.

Es de gran fuerza expansiva: porque nació protegiendo a los obreros y luego a la totalidad  de los trabajadores.

Es imperativo: No puedo renunciarse, ni relajarse por convenios particulares.

Es concreto y actual:  La normativa se adapta a las necesidades del país, teniendo en cuenta la diversidad de sexos, los regímenes especiales del trabajo.

Naturaleza Jurídica.
Esta muy acentuado por el derecho público, por su carácter imperativo.
     Derecho privado                                                Derecho Publico
                                     
                                        Derecho Social.

"Tiene naturaleza hibrida, integrad por normas de orden público y privado más sus normas propias."

Principios fundamentales:
Articulo 89 CRBV-  El trabajo es un hecho social y gozará de la protección del Estado. La ley dispondrá lo necesario para mejorar las condiciones materiales, morales e intelectuales de los trabajadores y trabajadoras. Para el cumplimiento de esta obligación del Estado se establecen los siguientes principios:
 1. Ninguna ley podrá establecer disposiciones que alteren la intangibilidad y progresividad de los derechos y beneficios laborales. En las relaciones laborales prevalece la realidad sobre las formas o apariencias.

 2. Los derechos laborales son irrenunciables. Es nula toda acción, acuerdo o convenio que implique renuncia o menoscabo de estos derechos. Sólo es posible la transacción y convenimiento al término de la relación laboral, de conformidad con los requisitos que establezca la ley. 

3. Cuando hubiere dudas acerca de la aplicación o concurrencia de varias normas, o en la interpretación de una determinada norma, se aplicará la más favorable al trabajador o trabajadora. La norma adoptada se aplicará en su integridad. 

4. Toda medida o acto del patrono o patrona contrario a esta Constitución es nulo y no genera efecto alguno. 

 5. Se prohíbe todo tipo de discriminación por razones de política, edad, raza, sexo o credo o por cualquier otra condición.

 6. Se prohíbe el trabajo de adolescentes en labores que puedan afectar su desarrollo integral. El Estado los o las protegerá contra cualquier explotación económica y social. 
 Articulo -  18 LOTT - .El trabajo es un hecho social y goza de protección como proceso fundamental para alcanzar los fines del Estado, la satisfacción de las necesidades materiales morales e intelectuales del pueblo y la justa distribución de la riqueza.
 

La interpretación y aplicación de esta Ley estará orientada por los siguientes principios: 1. La justicia social y la solidaridad,
 

2. La intangibilidad y progresividad de los derechos y beneficios laborales, por lo que no sufrirán desmejoras y tenderán a su progresivo desarrollo.
 

3. En las relaciones laborales prevalece la realidad sobre las formas o apariencias.
 

4. Los derechos laborales son irrenunciables.Es nula toda acción, acuerdo o convenio que implique la renuncia o menoscabo de estos derechos.
 

5. Cuando hubiere dudas acerca de la aplicación o concurrencia de varias normas o en la interpretación de una determinada norma se aplicará la más favorable al trabajador o trabajadora. La norma adoptada se aplicará en su integridad.
 

6. Toda medida o acto del patrono o patrona contrario a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela o a esta Ley es nula y no genera efecto alguno.
 

7. Se prohíbe todo tipo de discriminación por razones de edad, raza, sexo, condición social, credo o aquellas que menoscaben el derecho a la igualdad ante la ley y por cualquier otra condición.
 

8. Se prohíbe el trabajo de adolescentes en labores que puedan afectar en cualquier forma su desarrollo integral. El Estado los o las protegerá contra cualquier explotación económica o social.


1- Principio de irrenunciabilidad y personalisimo.
2- Principio de gratuidad de la justicia laboral. carga impositiva.
3- Principio de progresividad del derecho del trabajador.
4.- Principio de intangibilidad.


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